La violencia contra las mujeres representa una de las formas más extremas de desigualdad de género y una de las principales barreras para su empoderamiento, el despliegue de sus capacidades y el ejercicio de sus derechos, además de constituir una clara violación a sus derechos humanos. Según informes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), en América Latina y el Caribe una de cada tres mujeres, en algún momento de su vida, ha sido víctima de violencia sexual, física o psicológica, perpetrada por hombres (Sanz, 2007).
Millones de mujeres y niñas de todo el mundo son agredidas, golpeadas, violadas, mutiladas o incluso asesinadas en lo que constituyen atroces violaciones de sus derechos humanos. Desde el campo de batalla a sus hogares, en la calle, en la escuela, en su lugar de trabajo o en su comunidad, hasta un 70% de mujeres han experimentado violencia física o sexual en algún momento de su vida.
La violencia contra las mujeres es de muchas formas: física, sexual, psicológica y económica. Estas formas de violencia se interrelacionan y afectan a las mujeres desde el nacimiento hasta la edad mayor. Algunos tipos de violencia, como el tráfico de mujeres, cruzan las fronteras nacionales.
La forma más común de violencia experimentada por mujeres a nivel mundial es la violencia física infringida por una pareja íntima, incluyendo mujeres golpeadas, obligadas a tener relaciones sexuales o abusadas de alguna otra manera. Un estudio de la OMS realizado en 11 países determinó que el porcentaje de mujeres que han sido sujetas a violencia sexual por una pareja íntima varía del 6% en Japón hasta el 59% en Etiopía.
El Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
En 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, en la que se definió la “violencia contra la mujer” como todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vía pública o en la vía privada.
En dicha Asamblea se reconoció que era necesario “una clara declaración de los derechos que se deben aplicar para asegurar la eliminación de toda violencia contra la mujer en todas sus formas y un compromiso con los Estados de la comunidad internacional en general para la eliminar la violencia contra la mujer.”
El Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 50/134 el 17 de diciembre de 1999, se celebra anualmente cada 25 de noviembre. La propuesta fue realizada por la República Dominicana, con el apoyo de 60 países más, para que se celebrara dicho día.
El motivo que llevó a la República Dominicana a solicitar este día fue por el macabro asesinato de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas dominicanas, el 25 de noviembre de 1960, por orden del dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo.
El Día Naranja
En la ONU, la Red Mundial de Jóvenes promovió la campaña ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres. Esta campaña proclama el día 25 de cada mes como “Día Naranja”, usando este color emblemático para visibilizar el propósito de realizar acciones que generen concientización para prevenir la violencia contra las mujeres y niñas.
El Día Naranja busca de esta manera crear conciencia de que las acciones para poner fin a la violencia contra las mujeres no deben ser limitadas a un día al año (el 25 de noviembre) sino que se deben realizar constantemente.
Así que, mes con mes, se promueve usar el naranja como emblema de este compromiso. Y llama a quienes desean unirse a este movimiento, a movilizarse. No solo vestir, pintar o cubrir de naranja sitios estratégicos sino a realizar acciones específicas en todos los sectores (culturales, deportivos, económico, o en área de la salud, gubernamentales y privados).
Para este 25 de noviembre, el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva tiene el siguiente lema: “Los servicios de salud responden para no dejar a nadie atrás: la prevención y atención de la violencia contra las mujeres es una prioridad”
Datos epidemiológicos
La violencia física o sexual es un problema de salud pública que afecta a más de un tercio de todas las mujeres a nivel mundial, según un nuevo informe publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en colaboración con la Escuela de Higiene y Medicina Tropical de Londres y el Consejo de Investigación Médica de Sudáfrica.
El informe, Estimaciones Mundiales y Regionales de la Violencia contra la Mujer: prevalencia y efectos de la violencia conyugal y de la violencia sexual no conyugal en la salud, es el primer estudio sistemático de los datos mundiales sobre la prevalencia de la violencia contra las mujeres, ejercida tanto por la pareja como por otras personas. Cerca del 35% de todas las mujeres experimentarán hechos de violencia, ya sea en la pareja o fuera de ella, en algún momento de sus vidas. El estudio revela que la violencia de pareja es el tipo más común de violencia contra la mujer, ya que afecta al 30% de las mujeres en todo el mundo.
De acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 , en México el 66% de las mujeres han sufrido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación a lo largo de su vida en al menos un ámbito y ejercida por cualquier agresor.
En el estado de Puebla, durante el mes de enero al mes de septiembre del 2021 se han otorgado mil 614 atenciones a mujeres víctimas de violencia acorde al modelo integrado para la prevención y atención de la violencia familiar y sexual.
¿Qué es la violencia contra las mujeres?
La violencia contra las mujeres es cualquier acción u omisión basada en su género que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público:
a) Que tenga lugar al interior de la familia o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea o no que el agresor comparta el mismo domicilio que la mujer.
b) Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona.
Tipos de Violencia
Abandono, al acto de desamparo injustificado hacia uno o varios miembros de la familia con los que se tienen obligaciones que derivan de las disposiciones legales y que pone en peligro la salud.
Violencia física, cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones, ya sean internas, externas o ambas.
Violencia psicológica, a la acción u omisión que provoca en quien recibe alteraciones psicológicas o trastornos psiquiátricos.
Violencia patrimonial, cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la persona mediante la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos.
Violencia económica, al acto de control o negación de injerencia al ingreso familiar, mediante el cual se induce, impone y somete a una persona de cualquier edad y sexo a prácticas que vulneran su libertad e integridad física, emocional o social.
Violencia sexual, a todo acto sexual, tentativa de consumar un acto sexual, comentarios o insinuaciones sexuales no deseados o acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona, mediante coacción por otra persona, independientemente de la relación de ésta con la víctima en cualquier ámbito, incluidos el hogar y lugar de trabajo.
Impacto en la salud física y mental
El informe detalla el impacto de la violencia sobre la salud física y mental de mujeres y niñas. Este impacto puede ir desde huesos rotos hasta complicaciones vinculadas a embarazos, problemas mentales y un deterioro en el funcionamiento familiar, laboral y social.
"Estos hallazgos envían un mensaje poderoso: que la violencia contra las mujeres es un problema de salud mundial de proporciones epidémicas", señaló la doctora Margaret Chan, Directora General de la OMS. "También vemos que los sistemas de salud del mundo pueden y deben hacer más por las mujeres que sufren violencia", afirmó.
¿Cómo prevenir la violencia contra las mujeres?
Promoviendo estilos de vida saludables que incluyan el desarrollo de las responsabilidades compartidas al interior de las familias, como se desprende desde las perspectivas de equidad de género, con el fin de lograr un desarrollo integral y mantener un ambiente familiar armónico y libre de violencia.
En materia de participación social, las y los prestadores de servicios de salud del sector público deberán:
- Fomentar la integración de grupos de promotores comunitarios y de redes sociales en materia de violencia familiar y sexual, para informar, orientar, detectar y canalizar casos de violencia familiar o sexual.
- Promover el derecho a una vida sin violencia y la resolución pacífica de los conflictos, en coordinación con las dependencias competentes.
Es de suma importancia la participación activa de la población, así como las actividades intersectoriales que sirvan para reforzar los procesos educativos para la prevención de la violencia familiar o sexual.
Dentro de la secretaría se cuenta con la estrategia de Prevención de la Violencia de Género en la Adolescencia y la Juventud, con la impartición de talleres de Prevención de la Violencia Sexual en el Ámbito Comunitario y Prevención de la Violencia en el Noviazgo, en grupos abiertos que se establecen en escuelas y otros espacios públicos.
Para la detección de probables casos y diagnóstico
Se deberá acudir a las unidades de salud, donde se identificará a las usuarias afectadas por violencia familiar o sexual y se valorará el grado de riesgo durante el desarrollo de las actividades cotidianas en la comunidad, en la consulta de pacientes ambulatorios u hospitalarios y otros servicios de salud.
Tanto la detección como la atención se realizarán a través de la entrevista dirigida a la usuaria afectada por violencia familiar o sexual, en un clima de confianza, sin juicios de valor ni prejuicios, con respeto y privacidad, garantizando confidencialidad. También se consideran las manifestaciones del maltrato físico, psicológico, sexual, económico o abandono, los posibles factores desencadenantes del mismo y una valoración del grado de riesgo en que viven las o los usuarios afectados por esta situación.
Debe determinar si los signos y síntomas que se presentan -incluido el embarazo- son consecuencia de posibles actos derivados de violencia familiar o sexual y permitir la búsqueda de indicadores de maltrato físico, psicológico, sexual, económico o de abandono como actos únicos o repetitivos, simples o combinados, para constatar o descartar su presencia.
Para el Tratamiento y la Rehabilitación
Se brindará a las usuarias involucradas en situación de violencia familiar o sexual, una atención integral a los daños tanto psicológicos como físicos, así como a las secuelas específicas, refiriéndolos, en caso de ser necesario, a otros servicios, unidades médicas, instituciones y organismos con mayor capacidad resolutiva, para proporcionar los servicios necesarios para los cuales estén facultados conforme lo establezcan las disposiciones aplicables y los lineamientos técnicos que al efecto emita la Secretaría de Salud, de conformidad con la presente Norma.
Se referirá a las y los usuarios involucrados en situación de violencia familiar o sexual a servicios de atención especializada de las instituciones de salud, a los servicios de salud mental o a otros servicios de especialidades, incluidos los refugios, de acuerdo al tipo de daños a la salud física y mental o emocional presentes, el nivel de riesgo estimado, así como la capacidad resolutiva.
Además, se imparte consejería en los servicios médicos, con personal capacitado, que facilita un proceso de comunicación y análisis y que brinda elementos para que la o el usuario tome decisiones voluntarias, conscientes e informadas sobre las alternativas para la prevención y atención de la violencia familiar o sexual.
Considerar en el plan terapéutico de las usuarias involucradas en situación de violencia familiar o sexual, el seguimiento periódico.
Para la Consejería y Seguimiento
Corresponde a las y los prestadores de servicios de salud informar a la persona afectada sobre su derecho a denunciar los hechos de violencia que se presenten, la existencia de centros de apoyo disponibles, así como los pasos a seguir para acceder a los servicios de atención, protección y defensa para quienes sufren de violencia familiar o sexual, facilitando y respetando la autonomía en sus decisiones e invitando a continuar el seguimiento médico, psicológico y de trabajo social.
Indicadores de Alerta
En el plano de salud física:
- Enfermedades ginecológicas: dolor crónico pelviano, flujo vaginal persistente, sangrado genital de origen disfuncional.
- Abuso y dependencia de alcohol y sustancias.
- Enfermedades de transmisión sexual (ETS) y SIDA.
- Daños corporales (lesiones con arma blanca) y daños más permanentes, como quemaduras, mordidas o hematomas.
- Quejas somáticas poco definidas (cefalea crónica, dolor abdominal, pélvico y muscular, fatiga crónica).
- Cambios repentinos de peso.
- Durante el embarazo: aumento del tabaquismo, aborto, control prenatal tardío, retardo de crecimiento, hemorragias del feto, muerte fetal y muerte materna.
En el ámbito psicológico:
- Trastornos mentales: trastornos del ánimo, depresiones severas, trastornos obsesivos-compulsivos, trastornos por conversión, trastornos de pánico, trastornos en la conducta alimentaria, trastornos en el sueño, episodios psicóticos, entre otros.
- Síndrome de estrés post-traumático (STPT).
- Miedo y ansiedad.
- Sentimientos de vergüenza.
- Conducta extremadamente dependiente.
- Enuresis y encopresis.
- Suicidio.
En el ámbito sexual:
- Embarazos no deseados.
- Disfunciones sexuales.
- Obligación ejercida por parte del varón de la práctica de aborto.
- Prohibición del uso de anticonceptivos.
- Daños físicos y psicológicos, en específico en el plano sexual.
- Abuso, acoso y violaciones.
- Fobias sexuales y de la sexualidad en general.
Derechos de las Mujeres
Las mujeres tienen derecho, en condiciones de igualdad, al goce y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil y de cualquier otra índole. Entre estos derechos figuran:
- El derecho a la vida.
- El derecho a la igualdad.
- El derecho a la libertad y la seguridad de la persona.
- El derecho a igual protección ante la ley.
- El derecho a verse libre de todas las formas de discriminación.
- El derecho al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar.
- El derecho a las condiciones de trabajo justas y favorables.
- El derecho a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Para atención de casos de violencia.
Para atención de casos de violencia, acudir a:
Los Servicios especializados para la atención de la Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres, el cual cuenta con personal capacitado y sensibilizado para la atención específica de casos de violencia familiar, sexual y de género.
Cuentan con lineamientos y protocolos de atención para los diferentes casos que atienden, dependiendo del tipo y severidad de violencia.
Días y horarios de atención: de lunes a viernes, de 8:00 a 16:00 h.
Existen servicios especializados en los siguientes hospitales:
- Hospital General de Zacatlán
- Hospital General de Tlatlauquitepec
- Hospital de la Mujer Puebla
- Hospital de la Mujer y Neonatología de Tehuacán
- Hospital Integral de Zacapoaxtla
- Hospital General de Atlixco
Para tener información de los Talleres de la estrategia de Reeducación, así como de Prevención de la Violencia de Género en la Adolescencia y la Juventud, llamar al Tel. 5 51 05 00 Ext. 5331.
Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la Mujer (pdf)
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